El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – MADR, informó que hasta el 31 de marzo de 2017, las entidades oferentes interesadas en acceder a los subsidios de Vivienda de Interés Social Rural - VISR 2017, podrán enviar cartas de intención que servirán como insumo para la priorización de los municipios.
Únicamente en los municipios que se prioricen se podrán realizar postulaciones de hogares en 2017, dicha priorización se efectuará de acuerdo a los criterios e indicadores técnicos recomendados por la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural – VISR.
Las cartas de intención deben ser elaboradas en formato membreteado de la entidad respectiva y radicadas en la oficina de correspondencia del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural – MADR Carrera 8 N° 12B-31 Edificio Bancol Piso 5 en la ciudad de Bogotá D.C. en el horario 8 am a 4 pm.
La Carta de Intención debe contener como mínimo la siguiente información:
- Municipio (s) y departamento a beneficiar.
- Tipo población a beneficiar: Campesina, Grupos Étnicos o Víctimas del desplazamiento forzado.
- Número de subsidios requerido por tipo de población y modalidad del subsidio (Vivienda nueva en sitio propio o mejoramiento de vivienda y saneamiento básico).
- Tipo de aporte de transporte a realizar para los materiales de construcción: dinero o en especie (Para población víctima no se requiere aportar transporte).
- Descripción del Plan de Desarrollo Territorial con las respectivas metas fijadas en materia de vivienda de interés social rural.
- Indicar si la Entidad cuenta con un predio rural con disponibilidad de servicios públicos para desarrollar soluciones de vivienda nueva nucleadas o agrupadas. Informar ubicación, número de matrícula embolicaría, cantidad de conexiones de servicios públicos disponible, vías de acceso y su estado. El predio debe estar libre de limitaciones al derecho del dominio.
La Carta de Intención debe contener explícitamente el siguiente texto:
"Manifestamos encontrarnos de acuerdo con la normatividad vigente del subsidio familiar de vivienda de interés social rural, específicamente el Decreto 1071 de 2015 modificado parcialmente por el Decreto 1934 de 2015, el Reglamento Operativo del Subsidio, la Guía de Estructuración de Proyectos y demás reglamentación del subsidio, y de la misma forma presentamos nuestra intención de suministrar el aporte de transporte de materiales en los casos requeridos.
Declaramos conocer inequívocamente que la presentación de esta carta y el recibo de la misma no da derecho a la priorización del municipio y la asignación de subsidios por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Entidad Otorgante del Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural"
Aclaraciones:
1. En el marco de la Normatividad vigente las Entidades Oferentes NO deben presentar en esta etapa del proceso:
Proyectos formulados (Diseños, Planos, Presupuestos, Especificaciones Técnicas, etc.)
Listado de potenciales beneficiarios
Documentación de potenciales beneficiarios
2. La presentación de la carta de intención es un insumo más en el proceso de priorización de municipios que se realiza de acuerdo con los criterios e indicadores técnicos recomendados por la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, dado los diferentes criterios e indicadores técnicos utilizados en este proceso municipios que no envíen carta de intención pueden ser priorizados.
3. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una vez culminada la etapa de priorización de municipios expedirá la respectiva resolución de distribución de recursos la cual será publicada en el diario oficial y la presente página web.
Mayor información en: http://bit.ly/29CdDPl