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Conforme lo dispone el artículo 2.2.4.3.1.2.15. del Decreto 1069 de 2015 según el cual las entidades y organismos de derecho público publicarán en sus páginas web las actas contentivas de los acuerdos conciliatorios celebrados ante los agentes del Ministerio Público, dentro de los tres (3) días siguientes a su suscripción, con miras a garantizar la publicidad y transparencia de los mismos.

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