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A aquellos contribuyentes a quienes se efectuó envío por mensajería o correo certificado el Emplazamiento previo por no declarar el impuesto sobre vehículos automotores de las vigencias 2013 a 2017, y que fueron devueltos por imposibilidad de entrega, procede la Gobernación de Nariño a notificarlos conforme al artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 en concordancia con los artículos 568 del Estatuto Tributario Nacional y art. 300 del Estatuto Tributario Departamental mediante este aviso.

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LA SUBSECRETARÍA DE RENTAS DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las establecidas en el artículo 146 modificado por el artículo 106 Ley 633 de 2000 y 147 de la Ley 488 de 1998, artículo 59 de la Ley 788 de 2002, Ordenanza No. 028 del 21 de Diciembre de 2010, Decreto 322 de 01 de junio de 2015 del Despacho del Gobernador y demás normas concordantes.