NOTIFICACIONES DE MANDAMIENTOS DE PAGO POR SANCIONES A LAS INFRACCIONES DE TRÁNSITO – PERIODO MARZO - AÑO 2016

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LA GOBERNACION DE NARIÑO Y LA SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DEPARTAMENTAL De conformidad a lo dispuesto por ley 1066 de 2006, su decreto reglamentario número 4473 de diciembre 15 del 2006, ley 769 del 2002, modificado por la ley 1383 del 2010, articulo 568 del estatuto Tributario Nacional, modificado por artículo 58 del Decreto Ley 019 del 10 de enero del 2012, demás normas concordantes y reglamentarias, con uso de las facultades legales conferidas por la Ley y la Constitución Nacional de Colombia, 

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NOTIFICACIONES DE MANDAMIENTOS DE PAGO POR SANCIONES A LAS INFRACCIONES DE TRANSITO POR CONDUCIR EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ – PERIODO MARZO - AÑO 2016

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De conformidad a lo dispuesto por ley 1066 de 2006, su decreto reglamentario número 4473 de diciembre 15 del 2006, ley 769 del 2002, modificado por la ley 1383 del 2010, articulo 826 del estatuto Tributario Nacional, el Decreto Ley 019 del 2012, y demás Normas concordantes y reglamentarias, con uso de las facultades legales conferidas por la Ley y la Constitución Nacional de Colombia, dentro del proceso administrativo ejecutivo de Cobro coactivo y dando cumplimiento en lo que se refiere a notificaciones y no siendo posible establecer la dirección del contraventor por medio de verificación directa, o habiéndose establecido con respecto a ella, su no existencia (NE), el cerrado definitivo (CE), el cambio de domicilio (CD), una dirección incompleta (DI), el destinatario desconocido (DD), el rehusar recibir (RH), no reporte (NO); reporte errado (RE), y similares, se permite notificar el mandamiento ejecutivo de pago en virtud a los actos administrativos sancionatorios por la comisión de infracciones de tránsito de las siguientes personas:

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NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN VIGENCIA 2013 DE PROCESOS CONTRAVENCIONALES CC080219

Ratio: 5 / 5

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La Secretaria de Hacienda Departamental HACE SABER: PRIMERO: Que este despacho expidió Resoluciones de seguir Adelante dentro de los diferentes PROCESOS CONTRAVENCIONALES a favor del Departamento de Nariño y en contra de los contribuyentes que no han realizado el pago de las sanciones por la defraudación a las Rentas Departamentales, los cuales están siendo ejecutados por este Despacho a través de Proceso Administrativo de Cobro Coactivo. 

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NOTIFICACIONES DE MANDAMIENTOS DE PAGO POR SANCIONES A LAS INFRACCIONES DE TRANSITO POR CONDUCIR EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ – PERIODO FEBRERO - AÑO 2016

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De conformidad a lo dispuesto por ley 1066 de 2006, su decreto reglamentario número 4473 de diciembre 15 del 2006, ley 769 del 2002, modificado por la ley 1383 del 2010, articulo 826 del estatuto Tributario Nacional, el Decreto Ley 019 del 2012, y demás Normas concordantes y reglamentarias, con uso de las facultades legales conferidas por la Ley y la Constitución Nacional de Colombia, dentro del proceso administrativo ejecutivo de Cobro coactivo y dando cumplimiento en lo que se refiere a notificaciones y no siendo posible establecer la dirección del contraventor por medio de verificación directa, o habiéndose establecido con respecto a ella, su no existencia (NE), el cerrado definitivo (CE), el cambio de domicilio (CD), una dirección incompleta (DI), el destinatario desconocido (DD), el rehusar recibir (RH), no reporte (NO); reporte errado (RE), y similares, se permite notificar el mandamiento ejecutivo de pago en virtud a los actos administrativos sancionatorios por la comisión de infracciones de tránsito de las siguientes personas:

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NOTIFICACIONES DE MANDAMIENTOS DE PAGO POR SANCIONES A LAS INFRACCIONES DE TRÁNSITO – PERIODO FEBRERO - AÑO 2016

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De conformidad a lo dispuesto por ley 1066 de 2006, su decreto reglamentario número 4473 de diciembre 15 del 2006, ley 769 del 2002, modificado por la ley 1383 del 2010, articulo 568 del estatuto Tributario Nacional, modificado por artículo 58 del Decreto Ley 019 del 10 de enero del 2012, demás normas concordantes y reglamentarias, con uso de las facultades legales conferidas por la Ley y la Constitución Nacional de Colombia, dentro del proceso administrativo ejecutivo de Cobro coactivo y dando cumplimiento en lo que se refiere a notificaciones y no siendo posible establecer la dirección del contraventor por medio de verificación directa, o habiéndose establecido con respecto a ella, su no existencia (NE), el cerrado definitivo (CE), el cambio de domicilio (CD), una dirección incompleta (DI), el destinatario desconocido (DD), el rehusar recibir (RH), no reporte (NO); reporte errado (RE), y similares, se permite notificar el mandamiento ejecutivo de pago en virtud a los actos administrativos sancionatorios por la comisión de infracciones de tránsito de las siguientes personas:

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NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN VIGENCIAS 2006 y 2008 DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE COBRO COACTIVO POR EL NO PAGO DEL IMPUESTO VEHICULAR

Ratio: 5 / 5

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LA TESORERÍA GENERAL DEL DEPARTAMENTO adscrita a la Secretaria de Hacienda Departamental HACE SABER:

 

PRIMERO: Que este despacho expidió Resoluciones de seguir Adelante dentro de los diferentes procesos de Jurisdicción Coactiva a favor del Departamento de Nariño, y en contra de los contribuyentes que no han realizado el pago del impuesto de vehículo relacionados en el presente aviso, los cuales están siendo ejecutados por este Despacho a través de Proceso Administrativo de Cobro Coactivo.

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NOTIFICACIONES DE MANDAMIENTOS DE PAGO POR SANCIONES A LAS INFRACCIONES DE TRANSITO POR CONDUCIR EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ – PERIODO ENERO - AÑO 2016

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De conformidad a lo dispuesto por ley 1066 de 2006, su decreto reglamentario número 4473 de diciembre 15 del 2006, ley 769 del 2002, modificado por la ley 1383 del 2010, articulo 826 del estatuto Tributario Nacional, el Decreto Ley 019 del 2012, y demás Normas concordantes y reglamentarias, con uso de las facultades legales conferidas por la Ley y la Constitución Nacional de Colombia, dentro del proceso administrativo ejecutivo de Cobro coactivo y dando cumplimiento en lo que se refiere a notificaciones y no siendo posible establecer la dirección del contraventor por medio de verificación directa, o habiéndose establecido con respecto a ella, su no existencia (NE), el cerrado definitivo (CE), el cambio de domicilio (CD), una dirección incompleta (DI), el destinatario desconocido (DD), el rehusar recibir (RH), no reporte (NO); reporte errado (RE), y similares, se permite notificar el mandamiento ejecutivo de pago en virtud a los actos administrativos sancionatorios por la comisión de infracciones de tránsito de las siguientes personas:

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NOTIFICACIONES DE MANDAMIENTOS DE PAGO POR SANCIONES A LAS INFRACCIONES DE TRÁNSITO – PERIODO ENERO - AÑO 2016

Ratio: 5 / 5

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LA GOBERNACION DE NARIÑO Y LA SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE DEPARTAMENTAL
 
De conformidad a lo dispuesto por ley 1066 de 2006, su decreto reglamentario número 4473 de diciembre 15 del 2006, ley 769 del 2002, modificado por la ley 1383 del 2010, articulo 568 del estatuto Tributario Nacional, modificado por artículo 58 del Decreto Ley 019 del 10 de enero del 2012, 

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NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN VIGENCIAS 2005, 2006, DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE COBRO COACTIVO POR EL NO PAGO DEL IMPUESTO VEHICULAR CC

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LA TESORERÍA GENERAL DEL DEPARTAMENTO adscrita a la Secretaria de Hacienda Departamental

HACE SABER:

PRIMERO: Que este despacho expidió Resoluciones de seguir Adelante dentro de los diferentes procesos de Jurisdicción Coactiva a favor del Departamento de Nariño, y en contra de los contribuyentes que no han realizado el pago del impuesto de vehículo relacionados en el presente aviso, los cuales están siendo ejecutados por este Despacho a través de Proceso Administrativo de Cobro Coactivo.

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