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Que en cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 por la cual se expide el CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO y dando alcance al ARTÍCULO 69 - "Si no pudiere hacerse ta notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de Ia citación, esfa se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia íntegra del acto administrativo. 

El aviso deberá indicar la fecha y la del acto gue se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos gue legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, /os plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega delayiso en el lugar de destino".

AVISO NOTIFICACIÓN 

RESOLUCIÓN 3074 2017